Ley anti grafitis: un rayado con altas consecuencias

El arte callejero es parte de la cultura chilena: se estudia en las salas de clases, se aprecia en los espacios urbanos y es una forma en la que los ciudadanos pueden expresarse. Pero ahora todo podría cambiar por una lata de pintura.

El 14 de junio de este año fue ingresado un proyecto de ley por parte del diputado Luciano Cruz-Coke (Evópoli) llamando a la distinción entre el muralismo y los grafitis, alabando al primero y condenando al segundo. Poco después de publicada la noticia, varias organizaciones y comunidades de grafiteros en Concepción alzaron la voz para visualizar su descontento ante la posible normativa.

¿Qué dicen las leyes actualmente?

Por ahora, la legislación chilena no es clara en cuanto a las sanciones y regulaciones de los murales o grafitis. En el caso del Código Penal, los castigos corresponden a la mala conducta, apelando al delito de daño que se pueda realizar en un bien público o privado y, por parte de la Ley N° 17.288 sobre Monumentos Nacionales, se penaliza al menoscabo de tales infraestructuras.

Las municipalidades también pueden ser parte de estas condiciones por medio de ordenanzas, por lo que cada comuna puede normar de forma diferente al respecto de los rayados (sean autorizados o no). En el municipio de Concepción no existe información al respecto.

Publicación de Concegraff rechazando el proyecto de ley.

 

En Concepción no se quedan callados

El 1 de agosto varias organizaciones culturales locales se unieron en la Plaza Perú para manifestarse en contra del proyecto de ley. Francisco Moreno es uno de los coordinadores de Concegraff (una de las asociaciones que se presentaron) y plantea un absoluto rechazo ante la iniciativa que, de acuerdo a su perspectiva, está desarrollada por empresarios acomodados que no reconoce la realidad del resto de la población.

En el caso de Concegraff, la agrupación ha creado instancias de trabajo junto con vecinos para llevar el arte urbano a sus localidades.

 

Incongruencias con la educación

El proyecto de ley diferencia al arte callejero con los grafitis y rayados y espera penalizar a los últimos. En el caso de los menores de edad que sean sorprendidos interviniendo un espacio sin permiso de la municipalidad correspondiente se verán envueltos en consecuencias legales, donde sus padres deberán pagar con una prestación de servicios a beneficio de la comunidad.

Con la nueva normativa quedaría en manifiesto que los niños, niñas y jóvenes no pueden participar de este tipo de prácticas. Esta prohibición se contradice con el actual Programa de Artes Visuales de 4to Medio, donde se estipula con claridad en el primer punto de los contenidos mínimos obligatorios que corresponde, entre otros formatos, al estudio y creación de los grafitis. Es más, el concepto de grafiti y su aplicación se repiten constantemente en el documento y, en su homónimo de 3ro Medio se invita a los estudiantes a analizar críticamente este tipo de expresiones artísticas.

La docente encargada del departamento de Artes Visuales, Elizabeth Flores, sospecha que los planes de estudio de su asignatura cambiarán para adaptarse a esta posible ley y confirma que ya han comenzado a modificarse algunos aspectos del correspondiente a 3ro Medio. En el caso del establecimiento educacional en el que trabaja, una de las actividades que se repite anualmente es la creación de un mural por parte de los alumnos de último año. El proyecto se complementa con la creación de una canción de hip-hop por parte de los compañeros de la asignatura de Música para llevar a cabo una pieza que represente su análisis y crítica social.

Francisco Moreno puntualiza que “antes de normar hay que enseñar”, aludiendo a la nula educación cívica presente en los colegios y liceos. Moreno insiste que instruir a las generaciones jóvenes sobre la ciudad y su parte en la sociedad va primero.

Estudiantes de 4to Medio trabajando en el diseño de un mural. Foto de Elizabeth Flores.

 

Chile no está en Europa

No es extraño que en varios países de Europa la legislación ante los rayados sea muy estricta, pero en una nación como Chile se pone en duda la necesidad de sancionar con castigos tan severos la intervención de algunos espacios. La Asesoría Técnica Parlamentaria desarrolló un documento comparando los estatutos de distintos lugares del mundo.

En el caso se Alemania la pena puede llegar a ser el encarcelamiento del responsable (en especial si el rayado afecta propiedades eclesiásticas). Ocurre algo similar en Bélgica donde también se penaliza con cárcel y se duplica la pena si el grafiti transmite mensajes de odio (racistas, homofóbicos, sexismo, etc). España desarrolla ordenanzas a nivel de las ciudades, tal como ocurre en Chile.

De acuerdo a Moreno, no es comparable la envergadura del peso histórico de otros estados con los de nuestro país, ya que en Chile no existe la cultura ciudadana que respete el patrimonio como corresponda: “No hay un respeto por el patrimonio. Y no es sólo por los grafiteros, sino que por los que botan basura y orinan en ellos”. Así mismo, Moreno llama a las autoridades a visibilizar la importancia de los espacios públicos y sus monumentos para evitar los daños que muchas veces los usuarios no saben que están produciendo.

 

¿Latas o armas?

Ante las sanciones y reglas que contempla la moción y que considera a los vendedores de contenedores de pintura, Francisco Sáez, dueño de la tienda Llafkelén, declara que entiende que existan personas a las que los rayados puedan molestarles y que todo entra en el marco de la tolerancia. Pero también señala que históricamente la prohibición no suele dar resultados, concluyendo, a veces, en un aumento de curiosidad y posteriormente en prácticas ilícitas.

Tras las contradicciones con el plano estudiantil, el intento de copiar legislaciones ajenas, el tratamiento de la pintura como si fuese un arma y las manifestaciones en contra de la posible normativa, puede plantearse la siguiente pregunta: ¿es este proyecto el cambio que Chile necesita?

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