Teletrabajo, desconexión digital y los vacíos de una Ley improvisada

Teletrabajo

La pandemia de COVID-19 instaló en gran parte del mundo el trabajo telemático de forma precipitada. En Chile, esta transición reveló lo desprotegidos que se encuentran muchos trabajadores en materia de derechos, tras la implementación de esta modalidad.

Aunque el teletrabajo no es una práctica realmente nueva, como modelo tomó mucha fuerza durante este último año, a causa de las condiciones desencadenadas por la pandemia que actualmente aqueja al mundo.

El repentino y forzado confinamiento derivó en una abrupta transición desde los esquemas tradicionales a un sistema remoto. Dada esta situación, la implementación del teletrabajo ha sacado a la luz el desamparo bajo el que actualmente se encuentran muchos trabajadores, tanto por parte de sus empleadores, como también desde el marco jurídico bajo el que se inserta el sistema laboral chileno.

Orígenes del modelo

Los orígenes del teletrabajo como modelo tienen lugar en Estados Unidos. El concepto fue acuñado formalmente por primera vez en la Universidad de California del Sur en 1973. 

José Cartes, trabajador social y director de la consultora Bienestar Sindical, profundizó en los orígenes de este sistema laboral, señalando que “originalmente, este sistema fue concebido para beneficiar a los empleadores e inversionistas. En pleno apogeo de los primeros sistemas computacionales asequibles, el teletrabajo comenzó a desarrollarse como una alternativa para abaratar costos en los procesos productivos”.

Sin embargo, a pesar de su propósito inicial, este mecanismo ha sido abordado de distintas formas en varios países. “Existen países como Francia, Brasil, Portugal y Colombia, que cuentan con legislaciones específicas en la materia; mientras que otros países como Argentina, Bélgica, España, Italia y Estados Unidos, integran esto en sus códigos laborales o normas equivalentes”, indicó Cartes.

Entre esta variedad de casos, existen ejemplos que contienen referencias importantes para considerar. “En Estados Unidos, por ejemplo, el derecho a la desconexión está consagrado en la Ley como una extensión de los derechos a la privacidad e intimidad, garantizados constitucionalmente”, agregó. Otro caso destacado es el de Japón, donde “se da otra particularidad, pues en su cultura tienen conceptos propios para la muerte y el sucidio por causas de trabajo, los cuales respetan y evitan que se terminen materializando, ya que en cifras, representan un volumen similar a las muertes por accidentes de tránsito”, comentó el profesional.

El derecho a la desconexión como tal es un término nuevo dentro de la legislación laboral, de acuerdo a lo comentado por Cartes. “La desconexión digital surgió como concepto legal en Francia, fue acuñado en 2016 y entró en vigencia el primer día de 2017. Se trata de algo nuevo aún, por eso no todas las legislaciones lo cubren, pero este ejemplo puede ser una buena referencia”.

Estación de Teletrabajo. Fuente: Unsplash.

Legislación vigente

En Chile, el derecho a la desconexión digital fue introducido durante marzo de este año mediante la Ley N°21.221 a la normativa laboral. Esta ley introduce el concepto de “tiempo de desconexión”, el cual tiene que durar, por lo menos, 12 horas ininterrumpidas en un plazo de 24 horas continuas.

Camila Romero, abogada laboral, al ser consultada sobre la ley vigente, precisó sus reparos al respecto. “En mi apreciación, el derecho a la desconexión nunca ha sido respetado en Chile. Partiendo desde esta base, podría señalar que en tiempos de pandemia, ha sido aún peor el incumplimiento”, comentó.

En cuanto a la situación del país en torno a esta legislación, la jurista precisó que “garantizar el derecho a la desconexión es una responsabilidad del empleador, aunque también, el trabajador es responsable de hacerlo respetar”. 

Aún habiendo una norma rectora, la abogada precisó que también hay aspectos culturales decisivos a la hora de afianzar las buenas prácticas laborales: “me refiero al conocimiento del derecho, a tener la convicción de ejercerlo y respetarlo, y a comprender su sentido, que no es otro que dejar a salvo, mínimamente, la vida y la integridad física y psíquica del ser humano trabajador”. En cuanto a esto, un factor decisivo e importante es la existencia de organizaciones sindicales fuertes, que bajo su rol representativo respalden la garantía de este derecho”. Sin embargo, Romero señaló que “esto no existe en Chile”.

El problema con esta situación va más allá de una sola ley, comentó la profesional. “Respecto a la ley en sí, siempre será insuficiente, toda vez que se enmarca en un Código del Trabajo cuyos principios se establecieron en la Dictadura. Una eventual modificación podría enfocarse en un procedimiento expedito y eficaz de reclamo o denuncia, y en el efecto del incumplimiento: establecer sanciones que efectivamente le duelan al empleador, que se traduzcan en que sea más costoso incumplir que cumplir”.

Aún con ese diagnóstico claro, la visión compartida por Romero nos plantea que el problema es más complejo, pues “cualquier modificación específica de la ley se queda corta ante todo el sistema dictatorial y neoliberal que consagra el Código del Trabajo”, agregó.

Las videollamadas se han vuelto uno de los pilares del trabajo telemático. Fuente: Unsplash.

Una situación de alcance transversal

Más allá del enfoque político o técnico que se le puede dar a este tema, así como a cualquier otra instancia que involucre normas legales y eventuales reformas a las mismas, el alcance de esta situación es transversal a cualquier trabajador activo.

Nicolás Campos, docente de la Universidad de Concepción, señala que ha tenido una experiencia “bastante sana” en cuanto al derecho de desconexión y al respeto de sus horarios de descanso bajo esta modalidad de teletrabajo. “De parte de mis jefaturas, ha existido una buena cuota de comunicación y de autonomía para administrar nuestros tiempos para preparar materiales pedagógicos y para coordinarnos entre colegas, por lo que esto no ha tenido una mayor repercusión en mi día a día más allá del hecho de estar trabajando desde mi domicilio y que mi lugar físico de trabajo esté a metros de mis zonas de descanso”. 

A pesar de su situación, Campos asume que su realidad no es el caso más cotidiano. “Tengo conocimiento de amigos y amigas que se desempeñan como docentes en otros establecimientos, donde a veces los tiempos de descanso no se respetan tanto o simplemente estos no son considerados al planificar cambios en la carga laboral durante el teletrabajo”, señaló, agregando que “esto a veces deriva en jornadas de trabajo extensas y que no permiten los tiempos correspondientes para un descanso necesario”.

Quien ha tenido una suerte diferente es Jim Barret, profesional de las comunicaciones y funcionario de una universidad. Dada la naturaleza de su trabajo, optó por compartir su experiencia usando un seudónimo, señalando que “a pesar de contestar con total honestidad, pueden haber cosas que sean un tanto incómodas para la institución”.

Respecto a su nueva rutina, Barret, quien adoptó esta modalidad laboral desde marzo, indicó que “es muy difícil lograr una desconexión, en especial cuando los medios y herramientas digitales están a la mano, en la misma pantalla y no existe un tiempo de pausa entre una opción y otra”. Al ser consultado por su evaluación de este año, comentó que le ha afectado negativamente: “la hiper conexión al trabajo no te da tiempo para reflexionar, para hacer pausas y es algo que va más allá, pues no sólo estás atendiendo el trabajo, ya que todas las actividades domésticas que se presenten se mantienen en paralelo”. 

Barret agregó también que ha presenciado realidades aún más complejas que la suya. “Tengo colegas con hijos, que además de sus trabajos tienen que atender las clases de ellos, que también son en línea y además, la combinación de estos dos mundos ha implicado la extensión de su horario de trabajo, para poder rendir, probablemente junto a otros colegas en una situación muy parecida”.

Respecto a este último comentario, Jim Barret también señaló que “hay muchas personas, entre las que me incluyo, que se están preocupando por rendir más en su empleo que en cualquier otra cosa, trabajando a deshoras, por el mismo sueldo y bajo las mismas condiciones, porque no hay otra opción para seguir subsistiendo ante el caos y la cesantía que hay hoy en el país”.

Tanto Campos como Barret coinciden en que hay cambios que son necesarios de implementar ante estos vicios del sistema que han salido a la luz. Mientras el profesor universitario sugiere como idea la implementación de plataformas exclusivas para el trabajo, separadas de aquellas de uso cotidiano; el comunicador incógnito comentó que una opción para proteger los derechos de los trabajadores, bajo su visión, radica en una mayor fiscalización de los turnos y funciones encomendadas.

Con el teletrabajo se difumina la separación entre las responsabilidades laborales y las domésticas. Fuente: Unsplash.

Representación laboral y la experiencia del rubro minero

Considerando la situación de desamparo bajo la que la fuerza laboral de Chile se encuentra, sobre todo en cuanto a la garantía de algunos derechos laborales, las instancias de representación se alzan como una alternativa necesaria para canalizar hacia los empleadores las necesidades de sus trabajadores.

A diferencia de la mayoría de los rubros involucrados en la implementación de este nuevo paradigma laboral, en otras áreas como la minería, el ámbito portuario y ciertas industrias en particular, migrar funciones que son presenciales por su propia índole a la modalidad telemática ha sido un gran desafío durante esta pandemia.

Waldo Pérez, presidente del Sindicato de Profesionales de la Minera Los Pelambres, señaló que el rol representativo de organizaciones gremiales como la que encabeza ha sido fundamental para la protección de sus colegas. “Algunos sindicatos se han plantado confrontacionalmente ante sus empleadores por este tema, generando más roces que acuerdos. Por nuestra parte, optamos por el resguardo de los empleos de nuestros socios, velando por la correcta reasignación de tareas durante este tiempo, en el que cerca de dos tercios de nuestra dotación permanece en teletrabajo”, indicó Pérez.

Para René Bravo, presidente del Sindicato de Profesionales de la Minera Antucoya, la vulneración al derecho a desconectarse durante el teletrabajo pasa, además de las garantías legales, por un tema de costumbre. “Si sé que hay una persona que se encuentra trabajando a distancia, sea la hora que sea me comunicaré con él si lo necesito, sobre todo si yo me encuentro en medio de mi jornada laboral”, comentó el dirigente, agregando que no existe una real conciencia sobre todo lo que este sistema implica, ya que la pandemia lo instauró de golpe.

Ambos dirigentes sindicales coinciden en que, al menos en una primera instancia, el establecimiento de un mecanismo de control horario podría solucionar parte importante de este problema.

A pesar de tratarse de una legislación surgida desde la emergencia derivada de esta pandemia, existen vicios que necesitan ser corregidos, considerando que las situaciones aquí expuestas no responden a casos aislados.

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