El cannabis en Chile, medicina y prejuicios legales

La visión que se tiene acerca del consumo de cannabis ha ido cambiando a través de los años. Se han realizado estudios con resultados diversos y que se contraponen en ocasiones. La legislación existente en torno al consumo de esta sustancia en Chile, es clara pero deja vacíos que dejan en un grado de desprotección a quienes la utilizan con fines médicos.

El uso del cannabis como medicina herbal tiene su origen en antiguas farmacopeas. Se consigna que las civilizaciones islámicas, persas, griegas y orientales utilizaban la planta con fines terapéuticos, persistiendo hasta el día de hoy.

En la actualidad son numerosos los pacientes que, alrededor del mundo, optan por este tipo de tratamiento. Se estima que en Estados Unidos son 2,5 millones de usuarios, unos 330 mil en Canadá y según cifras de la Fundación Daya, en Chile este número asciende a los 2 millones y medio de personas.

En Chile, la legalización del cannabis medicinal es una realidad desde el año 2015. Tras las modificaciones a la normativa propuestas por el Instituto de Salud Pública (ISP), el Estado chileno a través de la ley 20.000 reconoce, legaliza y permite el uso del cannabis y sus derivados en tratamientos médicos y en investigaciones de carácter científico.

De modo que, el cultivo personal como una vía a fines terapéuticos esta despenalizado. En ese sentido, la Fundación Daya cumple una importante labor en la atención a usuarios que optan por aceites y otros preparados en base a esta planta. Sylvia Hernández, representante de la fundación en su sede en Chillán, alude al protocolo de atención implementado, “en primera instancia, un terapeuta cannábico te orientará con respecto al uso medicinal, evaluará tu caso y recomendará un tipo de cannabinoides según diagnóstico médico, además te explicará los procesos de cultivo, resolverá tus dudas sobre ley 20.000 y entregará documentación que respaldan el inicio de un cultivo domiciliario. Posteriormente, el usuario es derivado a un médico, quien en la atención certificará el uso de cannabis”.

En la comuna de La Florida, existe el cultivo con fines medicinales más grande de Latinoamércia. Foto: Fundación Daya.

El marco legal

Es importante comprender que el cultivo de cannabis destinado al consumo personal y próximo en el tiempo no constituye una falta ni un delito. Si bien la normativa vigente expuesta en la ley 20.000, sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas, no sanciona el cultivo y consumo personal.

Sin embargo, desde su promulgación el año 2015, ha existido una fuerte persecución contra usuarios medicinales de marihuana. La poca especificidad y una definición poco clara para distinguir entre casos de tráfico y microtráfico relacionado a personas que hacen uso personal de la planta es uno de los tantos factores que denuncian desde las organizaciones civiles. Al respecto el abogado, Jeann Mohamed, determina que “la mala redacción de la ley 20.000 es bastante problemático, permite que los jueces a través de la jurisprudencia, es decir a su criterio, definan qué es el uso personal y la sentencia. Tenemos muchos jueces en muchas regiones por lo que el criterio es muy diverso. Eso genera que la ley no sea precisa y queda a la subjetividad de los magistrados. Y en la subjetividad hay prejuicios”.

Persecución penal, procedimientos excesivos, odiosidad policial, restricciones a la libertad individual, vulneraciones a la dignidad y la falta al derecho a la intimidad son uno de los tantos aspectos que el ex ministro de la Corte Suprema, Lamberto Cisternas, destacó en cuanto a la criminalización de consumidores de cannabis medicinal. A lo que se complementa lo vivenciado por Jeann Mohamed, quien menciona que, “me ha tocado ir a los controles de detención de los imputados y se les trata muy mal, se les quitan sus cosas y se las rompen. Creo que hay prejuicio hacia los consumidores ya sean autorizados o no. Probablemente si te pillan consumiendo cannabis en la calle el trato policial sea distinto a si te pillan consumiendo alcohol. Los tratos son vejatorios y se vulnera la dignidad personal”.

Rosa Salazar, integrante de Padres Cultivadores, relató la dura experiencia que vivió junto a su hija al ser allanada por la fuerza policial, sufriendo la incautación de sus plantas y siendo formalizada por cultivo de cannabis, pese a contar con la receta médica correspondiente. Al respecto, Rosa menciona que “estuve cuatro horas detenidas, afortunadamente a Camila no le pasó nada, pero eso fue una suerte porque ella estaba muy nerviosa, le podría haber dado un ataque de epilepsia, le pudo haber dado una crisis. Nadie quería quedarse con ella, porque en eso tiempo aun le daban pataletas, síndrome de las piernas inquietas, esquizofrenia, a veces me conocía, otras veces no, por eso era tan necesario el tratamiento”.

La criminalización y persecución penal atenta contra la autonomía y soberanía personal en la gestión de la salud y bienestar del individuo. El actuar de las policías, no solo niega el derecho ya existente a disponer del tratamiento que el paciente junto a su médico tratante opte, también implica obstáculos en que puedan cumplir dicha terapia correctamente, sumado a los daños psicológicos que el abuso policial produce en los y las afectadas.En relación con lo anterior, Rosa detallo que, “para el detective que estuvo a cargo de mi caso yo era una traficante. Se llevaron todo, mis plantas, mi indoor nuevo, el extractor de olor, hasta el enchufe. Yo no puse resistencia cuando me amenazaron con abrir la casa a la fuerza y cuando yo no entregaba lo que ellos estaban buscando me dijeron que iban a traer a los perros, que mejor lo entregará. Me toco mudar a mi hija mientras el detective estaba en la misma pieza revisando mis cosas, yo lo encontré indignante”.

El uso medicinal del cannabis

El violento actuar policial genera un gran impacto en los usuarios, para la Fundación Daya es de vital importancia que exista “mayor educación hacia las policías para que puedan aplicar lo que indica la ley, la cual reconoce el uso medicinal, personal, exclusivo y próximo en el tiempo, además de la indicación médica, abalada en la misma ley en su artículo 6”, manifiesta Sylvia.

Además, agrega que desde la organización buscan “mejorar la calidad de vida y aliviar el sufrimiento humano a través del uso medicinal y terapéutico que nuestros pacientes puedan encontrar en la planta, encontrando el alivio que no hallaron en la medicina tradicional”, concluye.

Para Rosa, como madre cultivadora y usuaria cannábica, “el aceite de cannabis nos ha cambiado la vida. Yo espero ganar esta demanda y espero que me indemnicen para poder comprar de nuevo otro indoor y volver a cultivar mis flores. Porque gracias a ella ha mejorado mucho la calidad de vida de Camila y como mi hija ha mejorado tanto, ha mejorado la mía también. Yo sufro de fibromialgia, así que hemos estado bastante mejor con el aceite”.

Sin embargo, pese a que numerosos pacientes han encontrado alivio para sus malestares en la planta de cannabis, para el doctor Diego Muñoz está lejos de ser una práctica recurrente. Al respecto menciona que, “en la comunidad médica chilena no existen acuerdos generales, ya que a pesar de que existen casos estudiados con alto nivel de evidencia, en la práctica existen visiones generacionales. Los médicos de edad más alta tienen mucho prejuicio a veces y desconocimiento, entonces a pesar de la evidencia no se logra llegar a acuerdos generales”.

Pese a lo anterior, para Diego es importante destacar que “hay que tener claro que, dentro de los componentes conocidos de la marihuana, el único que ha demostrado un nivel de evidencia aceptable en medicina como fármaco es el CBD. Es el que tiene mayor efectividad, aunque puede ser complementario a otros tratamientos. En cuanto a condiciones neurológicas, existe evidencia más contundente, sobre todo en pacientes con epilepsia refractaria”, concluye.

Por su parte, Benjamín González, quien sufre de trastorno adaptativo mixto y lumbago crónico, defiende el autocultivo ya que “tú mismo cultivas tu medicina según las distintas cepas o razas de cannabis que sean más apropiadas para tratar tu patología. Hay plantas con mayor concentración de THC o CBD y no todas son aptas para cualquier tratamiento. No todas las distintas genéticas de las plantas son iguales y no todas ayudan a manejar las patologías. Yo creo que cada persona debería cultivar su planta, su medicina”, destaca.

A su vez, Benjamín como usuario de cannabis medicinal es enfático en criticar el rol de la policía, “no encuentro el sentido de que carabineros llegue a tu casa, te quite tus plantas y revise tus cosas cuando estás siguiendo un tratamiento médico, no tiene nada que ver con el narcotráfico. El proceso es inadecuado. El cannabis ya no es considerado una sustancia peligrosa, ha demostrado ser eficiente en tratamientos y hace que la gente se sienta bien, es vital que el paciente pueda decidir qué procedimiento es el que lo ayuda”, concluye.

El aceite de cannabis es la forma de administrar esta sustancia más efectiva contra la epilepsia refractaria. Foto: Marie Clarie.

Ley de cultivo seguro

La Ley 20 000 posee falencias en su redacción, lo que deja vacíos al momento de tener que penalizar cuando se han cometido ilícitos y diferenciar en un periodo efectivo a cuando los fines de consumo de cannabis es netamente medicinal. Una actualización legal que es urgente para estos usuarios, como lo expresa Rosa “Yo creo que esto está tardando demasiado porque si esto ya hubiera estado aprobado hace dos años, antes de que empezará la pandemia, hubieran firmado la ley nueva, a nadie le hubiera pasado lo que nos pasó. Hubo mucho allanamiento durante la pandemia. Yo no estaba haciendo nada malo. Yo estoy preocupada por la salud de mi hija, nada más”.

Una modificación que se justifica en pos de garantizar los derechos de los pacientes y que puedan seguir un tratamiento sin consecuencias legales ni en la integridad de las personas “La gran mayoría de los usuarios criminalizados son sobreseídos, pero quedan gravemente afectados en su salud emocional, psicológica y física, traumatizados por la vulneración a sus derechos”, asegura Sylvia.

Hernández añade que “Ante este escenario, urge avanzar con la tramitación de la Ley Cultivo Seguro,  renombrada como ‘Ley Rodrigo Barraza’, la cual modifica el Código Sanitario, aprobada con el 88% de los votos de la Cámara de Diputadas y Diputados, y hoy duerme en la Comisión de Salud del Senado. Su promulgación protegería a quienes cultivan cannabis con fines medicinales, acabando con la persecución, pues permite que con una prescripción médica no se incauten las plantas en una primera instancia ni los pacientes sean detenidos”.

La salud es un derecho y las personas deben poder elegir el método de sanación que estimen conveniente y que sea respetuoso con su cosmovisión, siempre que esta tenga justificación respaldada por la comunidad médica. Es labor del Estado mantener un código penal en torno a estas sustancias que garantice a las personas poder realizar distintos tratamientos como esencia de una sociedad democrática.

Las plantas requisadas en procedimientos policiales no son devueltas a sus usuarios, incluso si se demuestra su inocencia. Foto: Diario La Región.
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