Conoce la fauna del Bío Bío que se encuentra en estado de conservación

La octava región posee diversas especies en estado de conservación en, al menos, los principales grupos de animales (mamíferos, aves, peces, anfibios, reptiles). Todas ellas se encuentran clasificadas  bajo una terminología específica que permite tener un control sobre su población y así evitar su extinción. Una de las medidas para evitar el deterioro de la fauna es la regulación que se ejerce bajo la Ley de Caza, fiscalizada por el SAG y que protege la vasta fauna nacional.

Sin duda que las condiciones geográficas y climáticas que posee la región del Biobío la convierten en un territorio privilegiado para la biodiversidad. La suma de estas características termina generando una vasta cantidad de especies endémicas, tanto de flora como de fauna. Sin embargo, la conservación de éstas se ve afectada por la actividad humana y, en específico, la vida de animales silvestres de la zona.

Algunas de las especies más reconocidas presentan altos índices de amenaza, entre ellas destacan el pudú, el puma, el cisne de cuello negro o el choroy. Todas ellas se encuentran en estado protegido. Pero ¿Qué significa este término? El Ministerio del Medio Ambiente, a través de su Departamento de Biodiversidad, se encarga de clasificar a la fauna para tener un panorama completo de la situación.

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Huemul – Gentileza de extincionchile.wordpress.com

Para estos individuos se utiliza el concepto de estado de conservación, esto indica que requieren una atención determinada para evitar que se deterioren y pasen a estar extintas. Cristian Cornejo, encargado de esta área en la región, se refirió a ellas como “Especies que requieren un cuidado especial y la atención de las instituciones, y de la sociedad en general. Para ello, se generan medidas específicas para evitar que se sigan deteriorando sus poblaciones”.

Los factores que acaban menguando la vida silvestre de la zona pueden ser variados, sin embargo, los más dañinos acaban remitiendo al daño antrópico, es decir, generado por humanos. Los efectos pueden ser directos e indirectos, mientras que en el primer caso se refiere a la cacería de animales para obtener un producto de ellos, en el otro, la destrucción del hábitat producto de la expansión de ciudades o el cambio climático, constituyen los factores principales. 

Cristian Cornejo además mencionó que algunas de las amenazas pueden ser la ganadería y los incendios forestales. Esto se debe a que, en la primera, se utilizan territorios propios de una especie determinada y al poblarlos con la crianza ovina o bovina, los animales de este ecosistema deben desplazarse a zonas que pueden resultar en un peligro para su supervivencia. Así también, respecto a los incendios forestales mencionó lo siguiente:

“Por ejemplo, en Australia gran parte de éstos (incendios) son naturales y las especies están acostumbradas a estos fenómenos, y en el fondo, lo necesitan para vivir sus cambios. Acá en Chile son artificiales, entonces producen desastres y tienen un efecto directo en la fauna”.

Por último, destacó que el grupo animal que presenta mayor riesgo son los mamíferos, debido al contacto frecuente con la vida humana.

Para evitar que se siga reduciendo el número de seres vivos y así mantener un control constante, el Ministerio del Medio Ambiente las clasifica, de mayor a menor grado, según su estado de amenaza. Las categorías van desde Extintas (EX)En Peligro Crítico (CR), En Peligro (EN), Vulnerables (VU), a Fuera de Peligro (FP), e Insuficientemente Conocida (IC). A continuación, se muestran algunas de las especies locales que presentan algún grado de riesgo.

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Rana chilena – Gentileza de especieschilenas.blogspot.cl

Fotografías gentileza de www.fotonaturaleza.cl

Güiña (VU) Leopardus guignaCulebra de cola larga (VU) Phylodrias chamissonisGruñidor del sur (EP) Pristidactylus torquatusSapo de rulo (VU) Rhinella aruncoFardela blanca (EP) Puffinus creatopusCisne de cuello negro (EP) Cygnus MelanocoryphaQuique (VU) Galictis cuja.

¿Existe algún tipo de protección por ley?

En Chile la regulación existente para la fauna que se encuentra en estado de conservación, corresponde a la Ley de Caza. Está controlada por el Ministerio de Agricultura y la fiscaliza el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG). Erik Arévalo, encargado de Recursos Naturales Renovables del SAG Biobío, comentó acerca de la función del organismo en esta materia. “El rol del SAG es un rol de tipo fiscalizador de la normativa de su competencia. La que se aplica principalmente a la caza, captura, crianza, conservación y utilización sustentable de la fauna silvestre, con excepción de las especies y recursos hidrobiológicos”.

La ley no es absoluta ya que, si bien comprende umbrales de prohibición, permite la cacería en cuotas de 26 tipos de aves, la cual se lleva a cabo en determinados períodos del año y en cantidades específicas. De no respetar la normativa, una persona se arriesga a ser sancionada con presidio en su grado máximo y a multas que van desde 1 a 25 UTM.

Más información sobre la conservación de especies y la Ley de Caza en la siguiente infografía.

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