La marihuana en Chile y la ley 20 000

Una de las drogas ilegales a las que fácil acceso tienen los jóvenes chilenos es la marihuana, considerada por muchos una puerta de entrada, por esta misma razón, a otro tipo de sustancias catalogadas como “duras”. Según Yachay Data, Chile es el tercer país en el mundo en el que más se consume el cannabis pese a que su uso recreacional es ilegal. Es por esto que lo anterior sorprende, pues se posiciona incluso por encima de naciones como Uruguay, España o Australia, todos países en donde se permite su uso. 


Nuestro país se posiciona como el tercer mayor consumidor de marihuana en el mundo y el más alto en la región, con aproximadamente un 30 % de la población usuaria de cannabis. Le sigue Uruguay con un 15 % y Argentina con un 10 %. Así mismo, si se mira para el otro lado de la tabla, Chile es solamente superado por Estados Unidos e Israel, este último encabeza la cifra de cantidad de consumidores en el marco de su reciente legalización.

El exministro de Israel, Avi Nissenkorn, se refirió a la medida de la siguiente forma: “Israel no está ignorando la realidad, sino que avanza en la dirección de las naciones desarrolladas de todo el mundo”, esto después de que el país permitiera el consumo de marihuana en 2020. Las palabras con las que se refiere el Gobierno israelí a la decisión hablan de un acercamiento a la normalidad por parte de sus mandatarios, que no ignoran las necesidades de sus ciudadanos.

La 20 000 sustituye la anterior ley de drogas, la 19 366 que a su vez derogó la 18 403 de 1994.

Es por esto que resulta extraño que en Chile las políticas que abordan el tema de la marihuana siguen limitadas a la ley 20 000, misma que sanciona el tráfico de estupefacientes y sustancias ilícitas, pero que también considera el autocultivo y el consumo personal,  siempre que se pueda probar que será para su uso pronto en el tiempo y no destinado a la venta. Además, entiende la plantación medicinal, bajo receta, como única forma legal de obtener la sustancia.

Resulta muy cuestionable dejar la ejecución de la ley al criterio personal del comisario encargado de ejercerla, pues en caso de no poder comprobar que el porte de la sustancia será para consumo pronto en el tiempo, pasa de ser una falta al delito de microtráfico; uno que incluye penas de hasta 5 años privado de libertad, además de una multa máxima de 40 UTM. 

Añadido a lo anterior, esto deja fuera al control del comercio, ya que limitar su obtención únicamente al autocultivo ignora el problema del narcotráfico que rodea a la planta. En caso de que la ley chilena lo permita, se podría además de regular su venta, crear un mercado en el que se paguen impuestos como ya lo han implementado grandes naciones desarrolladas, sin embargo, desde el Gobierno se han hecho oídos sordos hasta ahora marginando del sistema al usuario de cannabis.

Fotografía: Muscular Development Latino.

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