La llamada Constitución digital: ¿Qué dimensiones abarca?

En medio del proceso político y social que vive Chile, el borrador de la Nueva Constitución ha resultado un texto de análisis para diferentes disciplinas y áreas. Una de ellas ha sido la dimensión digital, ya que el texto incluye artículos que la abordan, en un plano de uso personal y de trabajo, ampliando las facultades del Estado en las tecnologías.

¿Cómo se entiende lo digital en una Constitución? ¿Qué es lo que se consideraría parte de la legislación, y qué no? ¿Cómo se puede fiscalizar internet, considerado, muchas veces, un espacio de “tierra de nadie»? 

Lo cierto es que el incremento del uso de tecnologías ha ido en voga y crecimiento de manera avasalladora en la última década. No es sorpresa que se contemple este espacio como una extensión de la vida; lugar donde se crea comunidad, se convive e incluso se trabaja.

El avance ha abierto las conversaciones ha generar parámetros o lineamientos que antes no se habían divisado en esta materia, y que responden a disyuntivas que han surgido con el tiempo. Ahora se discute sobre brechas digitales, alfabetización digital, violencia de género en línea, intercepción de datos, entre otros ejes.

Entender la legislación desde el plano digital no es una materia nueva: existen nociones sobre seguridad digital y ciberdelitos, por ejemplo, que regulan en materia de protección de datos. Esto es lo que conocemos sobre delitos informáticos y que Chile recientemente se modificó en junio con el propósito de adecuarse al Convenio de Budapest en el que el país participa.

¿Cómo entendemos en la Constitución la dimensión digital?

Sin embargo, cuando se engloba el concepto de derechos digitales se puede pensar más allá de los datos y la informática, sino como un todo donde se desentrañan las complejidades de la sociedad.

En ese sentido, la gama de derechos fundamentales consolidados y asegurados en el borrador, se ampliarían y reconocerían el espacio digital como un territorio para poder ejercerlos. En palabras simples, se otorgarían garantías que se han reconocido de manera legal, pero nunca antes en una Carta Magna.

Consumo de internet en el mundo aumentó 19,5% durante la pandemia. Fuente: Unión Internacional de Telecomunicaciones. Fotografía: Pexels.

Si bien es un espectro amplío, permitiría tipificar como delitos y/o violencias prácticas como el ciberbullyng, la difusión de imágenes íntimas, difusión de datos personales, entre otras formas de amedrentamiento que existen en la web.

La protección, el género y el trabajo: lo que se busca abordar

Para la periodista e investigadora en tecnologías, Karen Vergara, la violencia de género en línea es una problemática que podría abordarse gracias al artículo 89 propuesto en el borrador de la Nueva Constitución.

“Las cifras dicen que tenemos a jóvenes de 12 o 13 años que ya han sufrido violencia en espacios digitales. Han recibido imágenes sexuales sin consentimiento o se han visto afectadas por discursos de odio”, enfatiza.

Además, precisa que mujeres y disidencias viven una violencia distinta en internet, que responde a razones de género y que, en sus palabras, encuentra raíz en relaciones de poder establecidas por estereotipos y sexismo.

“Vemos que esta violencia tiene consecuencias físicas indiscutibles. Según datos de Proyecto Aurora – investigación que hicimos en Amaranta ONG para vislumbrar esta problemática- cerca de un 89% de mujeres y disidencias ha sido víctima” y agrega que, las consecuencias físicas han sido desde cefaleas, consultas psicológicas, hasta decidir dejar de participar en internet y cerrar sus redes sociales.

“Las tecnologías deben ser espacios para todos. Nos permitimos otras formas de soñar internet, para ello, el Estado debe garantizar un marco y el artículo 89 es muy innovador en ese sentido”. 

Todo lo anterior debe ser acompañado de, según comenta Vergara, una educación sexual integral destinada a generar una incidencia mucho más fuerte en la erradicación de las violencias en la primera infancia.

El abogado de la Universidad de Chile, magíster en derecho público, especialista en datos privados, ciberseguridad y ciberdefensa,  Daniel Alvarez Valenzuela, comenta sobre el artículo 88 sobre los sistemas informáticos propuesto en la Constitución.

Desde el Centro de Estudios Informáticos, saben que esto es relevante: “Esto fue un camino largo, presentamos una iniciativa popular primero (…).Intentamos plantear en un documento que sirviera al debate constitucional, sobre lo que encontrábamos indispensable, pensando en una Constitución digital”.

Para Alvarez, esto es encontrar soluciones creativas para problemas nuevos. Es una nueva forma de aproximarse para poder solucionar el derecho a la ciberseguridad.

Qué dice la experiencia sobre la legislación en lo digital

“Esta conversación tiene muy poco desarrollo a nivel mundial, pero si existe. La seguridad informática se transforma en un derecho “bisagra”, que permite la participación de otros derechos. Mientras las personas tienen barreras de protección, se vuelve un espacio con mayor libertad de expresión, nos sentimos más seguros. Permite construir este camino seguro, pero además se vuelve un derecho en sí mismo”, enfatiza Álvarez.

Es decir, da un lineamiento hacia las políticas públicas que posteriormente podrían significar un ejemplo para otros países. Para el académico, se trata de una oportunidad única para poder legislar en base a nuevas disyuntivas, como es, por ejemplo, los pocos límites que hay con horarios de teletrabajo.

En España y países de Europa, desde el 2018 que existe lo que se conoce como el derecho a la desconexión digital. Esta noción fija horarios estrictos referente al uso de dispositivos con motivo laboral, delimitando a jefes a enviar mensajes solo en un rango horario acordado con antelación.

Asimismo, existe la Ley de Protección de Datos y Garantía de Derechos Digitales, propuestas legislativas que han ido a la vanguardia, pero que no están escritas en la Carta Magna del país europeo. Sin embargo, propone nuevas narrativas: plantear el derecho al olvido en internet y también el consentimiento al uso y datos en la web desde los 14 años.

Sin duda, el ámbito digital no es tan ajeno a la vida tangible y se desenvuelve con estrechas similitudes. Por ello, el discurso desde las organizaciones ciberactivistas es a ampliar la conversación, el debate, y la legislación en cuanto a como habitamos internet.

En ese sentido, la Nueva Constitución es un escenario novedoso y esperanzador para cimentar el camino hacia una carta de derechos digitales sólida para todos y todas.

Valentina Luza Carrión
Estudiante de cuarto año de periodismo Udec. Nortina. 22 años.
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